Rformas a la Ley de los Servicios Privados de Seguridad.

Por Gabriel Lara.

La comisión de Trabajo y Previsión Social de la Asamblea Legislativa analiza el anteproyecto de reformas a la “Ley Especial de Regulación de los Servicios de Vigilancia Privada”, que fuera promulgada en el año 2000. Dentro de las reformas propuestas, en cuanto a las faltas previstas por incumplimiento de la Ley, se considerarán faltas muy graves: No proveer al trabajador de un seguro de vida e invalidez, el cual no debe ser pagado por el trabajador; así también, no proveer a los trabajadores sus herramientas  de trabajo en buen estado, tales como: armas registradas, municiones, uniformes y calzado, entre otros; no proveerles espacios físicos iluminados, ventilados y ergonómicos, debiendo garantizarles las pausas para consumir sus alimentos y demás necesidades fisiológicas; no cumplir las horas correspondientes a las labores diurnas y nocturnas; mantener en reserva de los contratos laborales suscritos con los trabajadores, entre otras. El incumplimiento a lo anterior hará incurrir al patrono en una multa que oscilará entre 41 y 80 salarios mínimos mensuales, es decir, que la multa a imponerse rondaría entre $14,965.00 y $29,200.00, tomando en consideración que a partir del 1° de agosto del presente año, entró en vigor el incremento al salario mínimo, que para el sector servicios es de $365.00.

Se tenía previsto que el jueves 12 de agosto se presentase al seno de la comisión, el Director de la Policía Nacional Civil y así darle lectura y discutir artículo por artículo.

Los mantendremos informados.

 

Deja una respuesta