LA APROPIACIÓN TECNOLÓGICA Y LOS DERECHOS DIGITALES:

por Karla Alas.

 

La apropiación tecnológica debe entenderse como la relación entre la tecnología y el individuo, en los que interactúan los siguientes ejes:

  • Modos de apropiación;
  • Relación entre apropiación y propiedad;
  • Vínculo entre apropiación y enajenación;
  • Todo ello en virtud de que apropiación es igual a la acción de un individuo.

Pero al analizarlo, notamos que la definición se queda corta, ya que apropiación tecnológica, no solo comprende quien se apropia de qué o cuáles son los efectos, o consecuencias de, si no que debemos cómo usuarios de internet, considerar que el concepto, con el tiempo ha ido cambiando y sobretodo es más amplio.

En doctrina la apropiación tecnológica consta de cuatro etapas fundamentales que terminan con la adopción de conocimientoshabilidades y nuevas estrategias tecnológicas. Estas etapas son: el acceso, el aprendizaje, la integración y la transformación, aunque ésta última no ocurre en todos los casos.

Hay apropiación tecnológica positiva, cuando hablamos de un derecho que se deriva por un uso lícito, y que nos permita crear mecanismos que nos faciliten la vida y que ayudan a trasformar el entorno natural del ser humano e  influye en el progreso del mundo. Mientras que la apropiación tecnológica negativa, colabora aceleradamente con el deterioro del entorno y vulnera los derechos de las personas tal es el caso de uso ilícito de una tecnología en contra de una persona.

Ahora bien, como seres humanos que nos interrelacionamos entre sí, desde que estamos interactuando en un dispositivo móvil, redes sociales, y que nos encontramos en un mundo a corta distancia gracias al Internet, el tema de la transformación se encuentra más allá del tema de la apropiación.

El usuario de internet cuando interactúa, no está pensando de quién es, sólo actúa, por ello la preocupación debe ir más allá, porque necesariamente al hablar de apropiación deberíamos pensar en protección, pero ocurre que el individuo solo actúa y no mide las consecuencias. Causa= Efecto.

La preocupación debería ser más allá de ello, debería ser, en el ámbito del conocimiento y la comprensión. Así un internauta debería aprender y saber que es un algoritmo, entender como funciona la big data, cómo ocurren eventos con inteligencia artificial, pero para ello se debe partir de cómo ésta funciona, y cómo juega un rol importante el machine learning, y si lo vemos con simplicidad, no es un tema 100% informático, pues caemos en el error de pensar que todo gira alrededor de ello.

Nuestra preocupación debería estar conectada con nuestro modo de vida, desde que nacemos, cómo vamos creciendo, educándonos, cómo vivimos, cómo nos gusta disfrutar la vida, cómo están relacionados nuestros intereses a fin de que otras personas sepan nuestros gustos y preferencias, y en ese ejercicio, el surgimiento de relaciones nos permite crear mayores posibilidades de elección,  desde que nos gusta comer, beber, vestir, leer, adónde nos gusta viajar, adónde ir, cuáles son nuestros hobbies, incluso, y que por medio de ese acercamiento, se pueda visualizar, un diagnóstico, un tratamiento o una posibilidad.

Esas múltiples formas de elección, se traducen en datos.

Los datos que son el agua del desierto y que muchos se encuentran creando oasis de manera que con ellos, se pueda recrear toda una plataforma de elecciones.

El dato por tanto se asocia con el mundo empresarial, el político, el social, el académico, el religioso y hasta mundos inalcanzables, partiendo de un punto….la apropiación de un dato.

Al crearse patrones de conducta con los cuáles otros usuarios, se intenta que el individuo sea capaz de buscar unos a otros, por afinidad y gustos compartidos.  A ese momento, ningún usuario se pone a pensar de quién es el dato. Se preocupa, hasta que lo hackearon, lo clonaron, le dieron de baja, o perdió seguidores….

Desde ahí, es que se debe hablar de apropiación pero pensado en un sentido amplio.

Por lógica mientras más acceso se tiene, más alianzas se están formando, en un lenguaje más comprensivo, por más likes que se tienen, mejor aceptado estás.

Esa es la filosofía del influencer por ejemplo, entre más seguidores, tu ranking está más alto, pero el fenómeno ocurre por el alcance, y en consecuencia por el acceso que se tenga, que muchas veces da origen a relaciones permanentes por el gusto y preferencia que se tiene, o bien, de generase una opinión de rechazo, que de igual forma, consume al seguidor, porque éste asocia el pensamiento, por el simple hecho que hay una empatía digital.

Por ello, al hablar de apropiación tecnológica, necesariamente debemos vincularlo con un derecho digital, ya que estamos amarrados en este mundo, y por ello el uso inapropiado de lo que consideramos propio, tecnológicamente hablando, está vedado por el limite transfronterizo de los datos, y por ende tu “apropiación” también está limitada.

Claro está que estamos con un perenne necesidad tecnológica, queremos el móvil más reciente, queremos más apps, queremos tener internet abierta, accesos ilimitados, códigos abiertos….y ello es porque la información y la cultura está avanzando y transformándose hacia una revolución, por de pronto 4.0.

Nos exigimos velocidades de más de 5G, y estamos reconociendo que si existe el derecho universal del derecho al acceso a Internet, conocido como un derecho  que posee toda persona para acceder a éste, con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la libertad de expresión entre otros derechos humanos fundamentales que conforman la democracia, de forma que los Estados y las Naciones Unidas tienen la responsabilidad de garantizar que el acceso  sea ampliamente disponible, no pudiendo restringir injustificadamente el acceso de una persona a Internet.

 

Este derecho ya está reconocido como un derecho fundamental por las leyes de varios países.

 

Así también estamos asociando la apropiación digital como una derivación del derecho a la propiedad digital, sin embargo, debemos ser claros, que en este universo digital, también existen otros derechos como lo son:

 

  • Derecho al acceso digital
  • Derecho a la no discriminación digital
  • Derecho a la existencia digital
  • Derecho a la reputación digital
  • Derecho a domicilio digital
  • Derecho al Update y al parche Digital
  • Derecho a la Paz Cibernética y Seguridad digital
  • Derecho a la responsabilidad digital
  • Derecho al Olvido
  • Entre otros

Por lo tanto, apropiación digital en un pensamiento crítico y macro, existe más allá de lo social, político, religioso y económico.

La apropiación tecnológica, requiere por consecuencia, que nos involucremos, y El Estado debe ser el mayor participe, porque debe garantizar la libertad de expresión, acceso a la transparencia, regular sobre el uso invasivo de la privacidad, a proteger a los menores que están expuestos, pero también a todos, porque todos podemos ser violentados, velar por preservar los derechos digitales para el pleno uso  los datos, en un mundo que se trasforma.

No dudamos que estamos en un buen camino, hay mucho que hacer y el mundo está creando conciencia, reconociendo que como humanos, debemos hacer lo  mejor y el derecho a la trasformación digital parte del principio fundamental del respeto digital, como que como el gran Benito Juárez citaba: “El respeto al derecho ajeno, es la Paz”

Deja una respuesta