Estimados Clientes y Amigos:

ROMERO PINEDA & ASOCIADOS, les informa que el día 12 de noviembre del presente año, la Asamblea Legislativa durante sesión plenaria aprobó el Decreto número 177, cuyas medidas transitorias eximen de la retención y pago del Impuesto sobre la Renta los ingresos que en concepto de aguinaldo, reciban los trabajadores a que se refiere el Código de Trabajo y la Ley Sobre Compensación Adicional en Efectivo, hasta un monto no mayor de dos salarios mínimos mensuales del sector Comercio y Servicio (US$503.40).

 

Aquellos aguinaldos que sobrepasen el monto anteriormente referido, serán sujetos a la retención y al pago de dicho impuesto, deduciendo los dos salarios mínimos.

 

Para mayor información y asistencia legal en éste y otros asuntos de tipo Corporativo y/o Laboral, por favor no duden en contactar al Licenciado José Freddy Zometa (Socio a cargo del Área Corporativa) y/o a la Licenciada Beatriz Merino (Coordinadora de la Unidad Laboral) al (503) 2505-5555.

 

Para nosotros será un gusto poder atenderles.

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