ROMERO PINEDA & ASOCIADOS les recuerda que de conformidad al Artículo 190 del Código de Trabajo, se establece como asueto remunerado los día jueves, viernes y sábado de la Semana Santa, correspondiendo para este año los días 24, 25 y 26 de marzo.
Estos asuetos son aplicables tanto para las trabajadoras y trabajadores del sector público como del sector privado, quedando únicamente excluidos del goce del asueto los trabajadores a domicilio y los trabajadores cuyos salarios se hayan estipulado por comisión o a destajo, por ajuste o precio alzado.
Los centros de trabajo que laboren en los referidos días deberán pagar un salario extraordinario integrado por el salario ordinario más un recargo del 100% de éste. Asimismo, si trabajan horas extras o laboran en jornada nocturna, el cálculo para el pago de los recargos se hará en base al salario extraordinario antes mencionado.
Para mayor información y asistencia legal en éste y otros asuntos de tipo Corporativo y/o Laboral, por favor no duden en contactar al Licenciado José Freddy Zometa (Socio a cargo del Área Corporativa) y/o a la Licenciada Beatriz Merino (Coordinadora de la Unidad Laboral) al (503) 2505-5555 o a los correos electrónicos fzometa@romeropineda.com y bmerino@romeropineda.com.
Para nosotros será un gusto poder atenderles.
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